Gastos de compra 2026

Impuestos al comprar casa en Illes Balears

Todo lo que pagarás además del precio en Illes Balears: el ITP o el IVA, el AJD, la notaría y el registro, y los tipos reducidos a los que puedes acogerte.

Vivienda usada (ITP)
desde 8 %
Vivienda nueva
IVA 10 % + AJD
Tipos reducidos y bonificaciones
7

¿Cuánto pagarías? Ejemplos sin tipos reducidos

PrecioUsada: impuestos y gastosNueva: impuestos y gastos
150.000 €13.487 € (9,0 %)18.737 € (12,5 %)
250.000 €21.579 € (8,6 %)30.329 € (12,1 %)
400.000 €33.717 € (8,4 %)47.717 € (11,9 %)

Incluye impuestos, notaría, registro, gestoría (350 €) y tasación (400 €).

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Vivienda de segunda mano: ITP

Al comprar a un particular una vivienda usada en Illes Balears pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: 8 % hasta 400.000 €, 9 % entre 400.000 € y 600.000 €, 10 % entre 600.000 € y 1.000.000 €, 12 % entre 1.000.000 € y 2.000.000 € y 13 % a partir de 2.000.000 €. Se calcula sobre el precio escriturado o, si es mayor, sobre el valor de referencia del Catastro.

Vivienda nueva: IVA y AJD

Si compras una vivienda nueva a un promotor no pagas ITP, sino IVA del 10 % más un 1,5 % si la vivienda vale hasta 1.000.000 € y 2 % si vale más de Actos Jurídicos Documentados (AJD). El AJD grava la escritura de compraventa.

Tipos reducidos y bonificaciones en Illes Balears

Vivienda habitual (sin otra vivienda)

  • Vivienda usada (ITP): tipo del 4 % hasta 270.151 € y 8 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €)
  • Vivienda nueva (AJD): tipo del 1 % hasta 270.151 € y 1,5 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €)
  • Que sea tu vivienda habitual.
  • Adquirir al menos el 50 % y no tener el 50 % o más de otra vivienda.
  • Valor de 331.859,70 € como máximo en Mallorca y Menorca (378.211,68 € en Ibiza y Formentera).
  • Tipo reducido sobre los primeros 270.151,20 €; el resto al tipo general.

Arts. 10.c) y 17 TR D.Leg. 1/2014; Orden 13/2026

Menores de 36 años (primera vivienda)

  • Vivienda usada (ITP): tipo del 2 % hasta 270.151 € y 8 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €)
  • Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,5 % hasta 270.151 € y 1,5 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €)
  • Edad máxima: 35 años.
  • Tener menos de 36 años.
  • Que sea la primera vivienda de la que adquieres al menos el 50 %.
  • Que sea tu vivienda habitual.
  • Valor de 331.859,70 € como máximo en Mallorca y Menorca (378.211,68 € en Ibiza y Formentera).

Arts. 10.d) y 17 TR D.Leg. 1/2014

Con derecho al mínimo por discapacidad

  • Vivienda usada (ITP): tipo del 2 % hasta 270.151 € y 8 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €)
  • Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,5 % hasta 270.151 € y 1,5 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €)
  • Tener derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes en el IRPF.
  • Que sea tu vivienda habitual.
  • Adquirir al menos el 50 % y no tener el 50 % o más de otra vivienda.
  • Valor de 331.859,70 € como máximo en Mallorca y Menorca (378.211,68 € en Ibiza y Formentera).

Arts. 10.d) y 17 TR D.Leg. 1/2014

Familia numerosa o monoparental

  • Vivienda usada (ITP): tipo del 2 % hasta 270.151 € y 8 % a partir de 270.151 €
  • Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,5 % hasta 270.151 € y 1,5 % a partir de 270.151 €
  • Vivienda habitual de los progenitores que convivan con hijos de una familia numerosa o monoparental.
  • Límite de valor ampliado en un 15 % sobre el de cada isla (monoparentales de categoría general: el límite general).
  • Adquirir al menos el 50 % y no tener el 50 % o más de otra vivienda.

Arts. 10.d) y 17 TR D.Leg. 1/2014

Menores de 30 años (bonificación del 100 %)

  • Vivienda usada (ITP): bonificación del 100 % de la cuota (vivienda de hasta 270.151 €)
  • Vivienda nueva (AJD): bonificación del 100 % de la cuota (vivienda de hasta 270.151 €)
  • Edad máxima: 29 años.
  • Tener menos de 30 años.
  • Residir en las Illes Balears los 3 años anteriores.
  • Que sea tu primera vivienda y tu vivienda habitual.
  • Valor de 270.151,20 € como máximo.
  • Base imponible del IRPF de 52.800 € como máximo (84.480 € en conjunta).
  • Hipoteca de al menos el 60 % del valor de tasación.

Arts. 14 quater y 19 quater TR D.Leg. 1/2014

Discapacidad ≥ 33 % (bonificación del 100 %)

  • Vivienda usada (ITP): bonificación del 100 % de la cuota (vivienda de hasta 270.151 €)
  • Vivienda nueva (AJD): bonificación del 100 % de la cuota (vivienda de hasta 270.151 €)
  • Discapacidad reconocida de al menos el 33 %.
  • Residir en las Illes Balears los 3 años anteriores.
  • Que sea tu primera vivienda y tu vivienda habitual.
  • Valor de 270.151,20 € como máximo.
  • Base imponible del IRPF de 52.800 € como máximo (84.480 € en conjunta).
  • Hipoteca de al menos el 60 % del valor de tasación.

Arts. 14 quater y 19 quater TR D.Leg. 1/2014

VPO de régimen especial o de promoción pública

  • Vivienda nueva (IVA): tipo del 4 %
  • Vivienda calificada de protección oficial de régimen especial o de promoción pública (vivienda nueva).

Art. 91.Dos.1.6.º Ley 37/1992 del IVA

A tener en cuenta

  • En vivienda nueva de 1.000.000 € o más, el AJD sube al 2 %.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ITP en Illes Balears en 2026?

Al comprar una vivienda de segunda mano en Illes Balears se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): 8 % hasta 400.000 €, 9 % entre 400.000 € y 600.000 €, 10 % entre 600.000 € y 1.000.000 €, 12 % entre 1.000.000 € y 2.000.000 € y 13 % a partir de 2.000.000 €. Hay 6 tipos reducidos o bonificaciones para colectivos como jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad, cada uno con sus requisitos.

¿Qué impuestos se pagan al comprar vivienda nueva en Illes Balears?

La vivienda nueva no paga ITP: paga IVA del 10 % más un 1,5 % si la vivienda vale hasta 1.000.000 € y 2 % si vale más de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

¿Hay impuestos reducidos para jóvenes en Illes Balears?

Menores de 36 años (primera vivienda): Vivienda usada (ITP): tipo del 2 % hasta 270.151 € y 8 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €); Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,5 % hasta 270.151 € y 1,5 % a partir de 270.151 € (vivienda de hasta 331.860 €). Menores de 30 años (bonificación del 100 %): Vivienda usada (ITP): bonificación del 100 % de la cuota (vivienda de hasta 270.151 €); Vivienda nueva (AJD): bonificación del 100 % de la cuota (vivienda de hasta 270.151 €).

¿Cuánto cuesta en total comprar una vivienda de 250.000 € en Illes Balears?

Con impuestos, notaría, registro, gestoría y tasación, unos 21.579 € si es de segunda mano y unos 30.329 € si es nueva, sin aplicar tipos reducidos.

Fuentes

Datos fiscales de 2026, revisados el 19/10/2026. Esta información es orientativa: confirma tu caso con la administración tributaria o con un profesional.

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