Vivienda de segunda mano: ITP
Al comprar a un particular una vivienda usada en Andalucía pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: 7 %. Se calcula sobre el precio escriturado o, si es mayor, sobre el valor de referencia del Catastro.
Vivienda nueva: IVA y AJD
Si compras una vivienda nueva a un promotor no pagas ITP, sino IVA del 10 % más un 1,2 % de Actos Jurídicos Documentados (AJD). El AJD grava la escritura de compraventa.
Tipos reducidos y bonificaciones en Andalucía
Vivienda habitual de hasta 150.000 €
- Vivienda usada (ITP): tipo del 6 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Vivienda nueva (AJD): tipo del 1 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Que sea tu vivienda habitual.
- Valor de la vivienda de 150.000 € como máximo.
Arts. 43.1.a) y 50.1.a) Ley 5/2021
Menores de 35 años
- Vivienda usada (ITP): tipo del 3,5 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,3 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Edad máxima: 34 años.
- Tener menos de 35 años.
- Que sea tu vivienda habitual.
- Valor de la vivienda de 150.000 € como máximo.
Arts. 43.1 y 50.1.b) Ley 5/2021
Persona con discapacidad en el núcleo familiar
- Vivienda usada (ITP): tipo del 3,5 % (vivienda de hasta 250.000 €)
- Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,1 % (vivienda de hasta 250.000 €)
- Tú o alguien de tu núcleo familiar tiene reconocida una discapacidad.
- Que sea tu vivienda habitual.
- Valor de la vivienda de 250.000 € como máximo.
Arts. 43.1 y 50.1.c) Ley 5/2021
Familia numerosa
- Vivienda usada (ITP): tipo del 3,5 % (vivienda de hasta 250.000 €)
- Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,1 % (vivienda de hasta 250.000 €)
- Ser miembro de una familia numerosa.
- Que sea la vivienda habitual de la familia.
- Valor de la vivienda de 250.000 € como máximo.
Arts. 43.1 y 50.1.d) Ley 5/2021
Víctimas de violencia doméstica
- Vivienda usada (ITP): tipo del 3,5 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,3 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Tener la consideración de víctima de violencia doméstica.
- Que sea tu vivienda habitual.
- Valor de la vivienda de 150.000 € como máximo.
Arts. 43.1 y 50.1.e) Ley 5/2021
Víctimas del terrorismo
- Vivienda usada (ITP): tipo del 3,5 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,3 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Tener la consideración de víctima del terrorismo o persona afectada.
- Que sea tu vivienda habitual.
- Valor de la vivienda de 150.000 € como máximo.
Arts. 43.1 y 50.1.f) Ley 5/2021
Municipio con problemas de despoblación
- Vivienda usada (ITP): tipo del 3,5 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,3 % (vivienda de hasta 150.000 €)
- Vivienda en un municipio con problemas de despoblación.
- Que sea tu vivienda habitual.
- Valor de la vivienda de 150.000 € como máximo.
Arts. 43.1 y 50.1.g) Ley 5/2021
VPO de régimen especial o de promoción pública
- Vivienda nueva (IVA): tipo del 4 %
- Vivienda calificada de protección oficial de régimen especial o de promoción pública (vivienda nueva).
Art. 91.Dos.1.6.º Ley 37/1992 del IVA
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el ITP en Andalucía en 2026?
Al comprar una vivienda de segunda mano en Andalucía se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): 7 %. Hay 7 tipos reducidos o bonificaciones para colectivos como jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad, cada uno con sus requisitos.
¿Qué impuestos se pagan al comprar vivienda nueva en Andalucía?
La vivienda nueva no paga ITP: paga IVA del 10 % más un 1,2 % de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
¿Hay impuestos reducidos para jóvenes en Andalucía?
Menores de 35 años: Vivienda usada (ITP): tipo del 3,5 % (vivienda de hasta 150.000 €); Vivienda nueva (AJD): tipo del 0,3 % (vivienda de hasta 150.000 €).
¿Cuánto cuesta en total comprar una vivienda de 250.000 € en Andalucía?
Con impuestos, notaría, registro, gestoría y tasación, unos 19.079 € si es de segunda mano y unos 29.579 € si es nueva, sin aplicar tipos reducidos.
Fuentes
- Ministerio de Hacienda — Tributación Autonómica. Medidas 2026 (Capítulo IV)
- Ley 37/1992 del IVA, art. 91 (10 % vivienda; 4 % VPO de régimen especial o promoción pública)
Datos fiscales de 2026, revisados el 19/10/2026. Esta información es orientativa: confirma tu caso con la administración tributaria o con un profesional.